BCV LEX reclama al Ministro de Justicia el reintegro de las tasas judiciales abonadas por sus clientes del accidente de Spanair.

Rec Tasas JudicialesEl despacho de abogados BCV Lex ha presentado hoy una reclamación por responsabilidad patrimonial contra el Estado, dirigida a la persona del Ministro de Justicia, con el objeto de obtener el reembolso de las tasas judiciales abonadas por sus clientes a los efectos de iniciar procedimientos judiciales.

Un grupo de clientes del despacho, víctimas del accidente aéreo de Spanair en Barajas en agosto de 2008, se vieron obligados por la ley a abonar 2.300 euros por el concepto de tasas judiciales, son pena de que su acción judicial fuera rechazada y sus derechos indemnizatorios perdidos.

A juicio de BCV Lex, la tasa judicial creada por la Ley 10/2012 de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, luego reformada por el Decreto Real Decreto Ley 3/2013 de 22 de febrero y ahora suprimida por el Decreto Real Decreto Ley 1/2015 de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social, no solo es excesiva, como plantean algunas de las cuestiones de inconstitucionalidad presentadas contra la Ley tanto por grupos parlamentarios como por Juzgados, sino que el hecho mismo de que la tasa sea condición sine qua non para el ejercicio universal del derecho a la Justicia ,supone un claro cercenamiento del derecho a la tutela judicial efectiva reconocido tanto por la Constitución Española como por el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Por poner un ejemplo, un político corrupto que haya defraudado millones de euros a la Hacienda Pública, podrá seguir haciendo uso gratuitamente de las infraestructuras públicas, accediendo al sistema de Educación Pública (o lo que quede de él), beneficiándose de las prestaciones sanitarias de la Seguridad Social, utilizando las carreteras del Estado, etc.

Sin embargo, un ciudadano que cumpla escrupulosamente con sus obligaciones como tal no podrá efectuar una reclamación judicial, es decir, no podrá acceder al ejercicio de un derecho universal, si no acredita previamente el pago de una gravosa exacción fiscal. Es decir, se condiciona el pago al ejercicio del derecho, y no al revés.

A mayor abundamiento, los 126 millones de euros que el Gobierno ha recaudado con las tasas judiciales pagadas por personas físicas, han ido a parar a las arcas comunes del Estado, y no al objetivo de mejorar la financiación del sistema judicial ordenado por la exposición de motivos de la Ley 10/2012, tal y como el propio Ministerio de Justicia ha reconocido.

Esperamos que esta reclamación sea un peldaño más en la lucha entablada por la defensa y protección de los derechos de los ciudadanos.