Incendio forestal de Los Gallardos en Almería.

Incendio de Los Gallardos (Almería): ¿quién puede ser responsable de la tragedia?

El devastador incendio declarado en Los Gallardos (Almería) ha vuelto a poner sobre la mesa una cuestión que trasciende la emergencia y el enorme impacto humano y ambiental provocado por el fuego: ¿podía haberse evitado? Y, en caso afirmativo, ¿quién debe responder por los daños ocasionados?

Mientras continúan las investigaciones de la Guardia Civil, la autoridad judicial y los técnicos especializados, todavía no existen conclusiones definitivas sobre el origen del incendio ni sobre la gestión de la emergencia. Sin embargo, la experiencia demuestra que en este tipo de catástrofes la investigación no debe limitarse a identificar el foco inicial del fuego. También resulta imprescindible analizar si existieron fallos en la prevención, en el mantenimiento de infraestructuras, en la coordinación de los servicios de emergencia o en la protección de la población.

En España, un gran incendio forestal puede dar lugar a responsabilidades penales, civiles e incluso patrimoniales de la Administración, dependiendo de las circunstancias que finalmente queden acreditadas.

La investigación deberá determinar el origen real del incendio

Las primeras informaciones conocidas apuntan como una de las hipótesis de trabajo a un posible fallo en una infraestructura eléctrica. Sin embargo, esa posibilidad deberá ser confirmada o descartada mediante los correspondientes informes periciales y las diligencias de investigación que se encuentran actualmente en marcha.

Si finalmente se acreditara que el incendio tuvo su origen en una línea eléctrica, un transformador, un poste o cualquier otra instalación deficiente, la investigación tendría que determinar si existió un adecuado mantenimiento de la infraestructura y si el riesgo era conocido o podía haberse detectado mediante las inspecciones exigidas por la normativa.

No sería la primera vez que un incendio forestal termina vinculándose judicialmente a una deficiente conservación de instalaciones eléctricas. La jurisprudencia española ya ha conocido procedimientos en los que compañías eléctricas han sido condenadas por incendios originados por líneas de distribución insuficientemente mantenidas.

¿Puede existir responsabilidad de una compañía eléctrica?

Si la investigación concluyera que el origen del fuego estuvo relacionado con una instalación eléctrica, podrían analizarse distintas responsabilidades.

Las empresas titulares de líneas eléctricas tienen la obligación de mantener sus instalaciones en condiciones de seguridad, realizar inspecciones periódicas y adoptar todas las medidas necesarias para minimizar riesgos, especialmente en zonas forestales de alto peligro durante los meses de verano.

La existencia de un cable deteriorado, un poste en mal estado o la falta de mantenimiento de la vegetación próxima a las líneas podría dar lugar, si se demostrara la relación causal con el incendio, a importantes reclamaciones civiles por los daños personales y materiales ocasionados.

En los supuestos más graves, cuando la omisión de las medidas de seguridad resulte especialmente relevante, tampoco puede descartarse el análisis de posibles responsabilidades penales.

La experiencia internacional demuestra que las compañías eléctricas pueden responder por grandes incendios forestales cuando las investigaciones acreditan fallos en el mantenimiento de las infraestructuras, una gestión inadecuada del riesgo o el incumplimiento de las obligaciones de seguridad. En Estados Unidos existen precedentes especialmente relevantes. Casos como los incendios de California o la tragedia de Maui han dado lugar a miles de demandas civiles, investigaciones penales y acuerdos indemnizatorios multimillonarios contra empresas suministradoras de electricidad. Aunque cada ordenamiento jurídico presenta importantes diferencias, estos procedimientos ponen de manifiesto que la investigación de un gran incendio no debe limitarse a determinar dónde comenzó el fuego, sino también si pudo evitarse mediante una adecuada gestión de las infraestructuras y de los riesgos previsibles.  

La actuación de las Administraciones también puede ser objeto de investigación

La investigación no debe centrarse exclusivamente en el origen del incendio.

En una emergencia de estas características también resulta legítimo analizar cómo se gestionó la crisis una vez iniciado el fuego.

Entre otras cuestiones, podrían examinarse la rapidez de la respuesta operativa, la adecuación de los medios desplegados, la coordinación entre administraciones, la eficacia de los planes de emergencia y la información facilitada a la población.

Especial atención merece el análisis de los planes de prevención de incendios forestales y de los protocolos de evacuación existentes para las zonas afectadas.

Si se acreditara que determinados planes obligatorios no existían, resultaban insuficientes o no fueron correctamente aplicados, podrían surgir responsabilidades administrativas o patrimoniales, siempre que se demostrara una relación directa con los daños sufridos.

¿Podría generar responsabilidad la utilización o no del sistema ES-Alert?

Tras el incendio se ha abierto un intenso debate sobre la utilización del sistema ES-Alert, diseñado para enviar avisos de emergencia directamente a los teléfonos móviles de la población.

Conviene actuar con prudencia. La mera ausencia de un aviso no implica automáticamente una actuación negligente.

No obstante, la investigación podrá valorar si, atendiendo a la evolución concreta del incendio, la activación del sistema habría resultado recomendable o incluso necesaria para reforzar la protección de la población.

En caso de acreditarse que existía una obligación de emitir determinados avisos y que su ausencia influyó de forma relevante en el resultado lesivo, esa circunstancia podría incorporarse al análisis de las posibles responsabilidades.

¿Qué ocurre si algunas víctimas no siguieron las instrucciones de evacuación?

Otra de las cuestiones que suele plantearse en este tipo de tragedias es el comportamiento de las propias víctimas.

En ocasiones, algunas personas deciden permanecer en sus viviendas, intentar proteger sus bienes o abandonar la zona por rutas distintas de las recomendadas por los servicios de emergencia.

Desde el punto de vista jurídico, esa circunstancia no excluye automáticamente la posible responsabilidad de terceros.

Los tribunales deberán valorar, en su caso, si existió una concurrencia de culpas y cuál fue la verdadera incidencia del comportamiento de cada interviniente en el resultado final.

Cada situación debe analizarse individualmente y nunca pueden extraerse conclusiones generales antes de finalizar la investigación.

¿Puede generar responsabilidad la ausencia o el incumplimiento de los planes de prevención de incendios?

Otra de las cuestiones que previsiblemente será objeto de análisis durante la investigación es el cumplimiento de las obligaciones legales de prevención de incendios forestales. La normativa estatal y autonómica impone a las Administraciones públicas, a determinados propietarios de terrenos, así como a los titulares de infraestructuras y explotaciones situadas en zonas de riesgo, una serie de medidas preventivas destinadas a reducir la probabilidad de que un incendio se inicie o, en caso de producirse, limitar su propagación.

Entre esas actuaciones se encuentran, según los casos, la limpieza de la vegetación, el mantenimiento de franjas de seguridad, la eliminación de combustible forestal acumulado, la conservación de cortafuegos, el desbroce de márgenes de caminos y carreteras, el mantenimiento de zanjas de protección, así como la gestión adecuada de la vegetación existente bajo líneas eléctricas o en el entorno de otras infraestructuras consideradas sensibles.

Si durante la investigación se acreditara que existían planes de prevención obligatorios que no fueron elaborados, ejecutados o actualizados, o que las labores de limpieza y mantenimiento exigidas por la normativa no se realizaron de forma adecuada, podrían derivarse responsabilidades de distinta naturaleza. Dependiendo de quién tuviera atribuida la obligación de actuar, la investigación podría extenderse a particulares, empresas concesionarias, compañías suministradoras o Administraciones públicas competentes.

En este tipo de procedimientos no basta con constatar la existencia de vegetación sin desbrozar o de infraestructuras deficientemente mantenidas. Será necesario determinar si ese incumplimiento tuvo una incidencia real en el origen del incendio o en su rápida propagación y si, de haberse cumplido correctamente las medidas preventivas exigibles, el alcance de la tragedia habría podido reducirse o incluso evitarse.

¿Puede existir responsabilidad penal?

Si la investigación concluyera que el incendio fue consecuencia de una conducta gravemente negligente o del incumplimiento de obligaciones legales de seguridad, podrían llegar a investigarse posibles responsabilidades penales.

Dependiendo de los hechos finalmente acreditados, las diligencias podrían extenderse tanto a personas físicas como jurídicas, siempre dentro del marco previsto por el Código Penal y respetando plenamente el principio de presunción de inocencia.

La existencia de víctimas mortales obliga a realizar una investigación especialmente exhaustiva para determinar si el resultado pudo evitarse mediante el cumplimiento de las obligaciones legalmente exigibles.

Las familias tienen derecho a conocer toda la verdad

Más allá de las eventuales indemnizaciones, las familias de las víctimas tienen derecho a que se esclarezcan completamente las circunstancias del incendio.

Pueden personarse en el procedimiento judicial, solicitar diligencias de investigación, intervenir en las periciales cuando proceda y contar con asistencia jurídica independiente para defender sus intereses.

La búsqueda de la verdad constituye el primer paso para determinar las responsabilidades y evitar que tragedias similares vuelvan a repetirse.

La investigación penal se sigue bajo la dirección de la Sección Civil y de Instrucción (Plaza n.º 3) del Tribunal de Instancia de Vera (Almería), mientras la Guardia Civil, a través de sus unidades especializadas y del Servicio de Criminalística, desarrolla las pesquisas dirigidas a determinar el origen del incendio, reconstruir su evolución y esclarecer si concurrieron conductas u omisiones susceptibles de generar responsabilidades penales, civiles o patrimoniales.

Preguntas frecuentes

¿Ya se conoce oficialmente la causa del incendio?

No. Las investigaciones continúan abiertas y todavía no existe una conclusión definitiva sobre el origen del fuego.

¿Puede reclamarse contra una compañía eléctrica?

Sí, siempre que se acredite que una instalación de su titularidad originó el incendio o contribuyó decisivamente a su propagación.

¿Puede responder la Administración?

Sí. Si la investigación demostrara un funcionamiento anormal de los servicios públicos o incumplimientos relevantes en materia de prevención o gestión de emergencias, podría analizarse una eventual responsabilidad patrimonial.

¿Las familias pueden intervenir en la investigación?

Sí. Las víctimas y sus familiares pueden ejercer los derechos que les reconoce la legislación procesal para participar en el procedimiento de investigación penal que y defender sus intereses.

BCVLEX puede ayudar a las víctimas y a sus familias

Los grandes incendios forestales generan investigaciones especialmente complejas en las que intervienen peritos, ingenieros, cuerpos policiales, aseguradoras y distintas Administraciones Públicas.

En BCVLEX analizamos cada caso desde una perspectiva integral para determinar todas las posibles responsabilidades, ya sean penales, civiles o patrimoniales. Nuestro objetivo es que las víctimas y sus familias conozcan toda la verdad, participen activamente en las investigaciones y puedan ejercer todos los derechos que les reconoce el ordenamiento jurídico.