
El nuevo proyecto de ley de acciones colectivas en España: ¿fin de un largo retraso?
El pasado 14 de marzo de 2025 se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el Proyecto de Ley de acciones colectivas para la protección y defensa de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios. Con este texto, España busca cumplir —aunque con notable retraso— la obligación de transponer la Directiva (UE) 2020/1828, que establece un marco común para las acciones colectivas en la Unión Europea.
Este artículo analiza el contenido del nuevo proyecto, sus antecedentes legislativos, la situación de incumplimiento de España frente a la UE y los plazos previsibles para su aprobación definitiva.
Antecedentes europeos: la Directiva (UE) 2020/1828
La Directiva fue aprobada el 25 de noviembre de 2020 y entró en vigor el 24 de diciembre de ese mismo año.
- Plazo de transposición: hasta el 25 de diciembre de 2022.
- Aplicación efectiva: desde el 25 de junio de 2023.
La norma europea exige a los Estados miembros crear un procedimiento judicial eficaz que permita a asociaciones de consumidores y entidades habilitadas promover acciones colectivas de cesación y resarcimiento. El objetivo es garantizar una tutela efectiva en casos de fraude masivo o perjuicios generalizados, favoreciendo además la cooperación transfronteriza.
Los proyectos fallidos en España
España no cumplió con el plazo.
- Anteproyecto inicial (2022-2023): planteó un procedimiento específico de acciones colectivas, con sistema opt-out, control de la financiación por terceros y creación de un registro público.
- Proyecto de 2024: el texto se incorporó dentro de la Ley Orgánica de Eficiencia Judicial, pero fue retirado en noviembre de 2024 por falta de consenso político.
- Consecuencia: llegada de junio de 2023 sin ley de transposición y apertura de un procedimiento de infracción de la Comisión Europea contra España.
El nuevo proyecto de 2025
El texto de 2025 recoge prácticamente sin cambios las previsiones de los proyectos anteriores, pero ahora se tramita como ley independiente, lo que facilita su debate y aprobación.
Entre sus elementos esenciales destacan:
- Creación de un procedimiento especial en la Ley de Enjuiciamiento Civil, con reglas propias para la certificación de las acciones colectivas.
- Distinción entre acciones de cesación (cese de conductas ilícitas) y acciones resarcitorias (indemnización, reembolso o resolución contractual).
- Sistema opt-out como regla general, con excepciones de opt-in.
- Posibilidad de financiación por terceros, sujeta a control judicial.
- Creación de un Registro de Acciones Colectivas y Condiciones Generales, gestionado por los registradores.
- Competencia atribuida a juzgados especializados de primera instancia designados por el CGPJ.
El retraso de España y las posibles sanciones
A día de hoy, España sigue en incumplimiento formal de la Directiva, ya que el plazo venció hace más de dos años. La Comisión Europea puede solicitar al Tribunal de Justicia de la UE la imposición de multas coercitivas o sanciones a tanto alzado, que en otros casos similares han alcanzado cuantías millonarias.
Aunque la tramitación del proyecto en 2025 podría atenuar el rigor de una eventual sanción, la responsabilidad por el retraso es evidente y coloca a España en situación de vulnerabilidad frente a la Comisión.
¿Cuándo podría aprobarse la nueva ley?
El Gobierno ha solicitado la tramitación por vía de urgencia, lo que reduce a la mitad los plazos parlamentarios. En condiciones normales, un proyecto de esta envergadura tardaría entre 6 y 9 meses en aprobarse.
Con el procedimiento abreviado, el calendario razonable es el siguiente:
- Primavera de 2025: fase de enmiendas y ponencia en el Congreso.
- Antes del verano de 2025: aprobación en el Pleno del Congreso y remisión al Senado.
- Otoño de 2025: previsión de aprobación definitiva y publicación en el BOE.
De cumplirse este calendario, la ley podría entrar en vigor a finales de 2025, cerrando así un retraso de casi tres años respecto a los plazos europeos.
Conclusión
El nuevo proyecto de ley supone una oportunidad histórica para modernizar el sistema de protección colectiva de los consumidores en España. Llega tarde, tras varios intentos frustrados y con la amenaza de sanciones europeas, pero con una configuración procesal robusta y alineada con la Directiva.
Si la tramitación urgente prospera, España podría finalmente dotarse en 2025 de un procedimiento eficaz y transparente de acciones colectivas, situándose al nivel de otros Estados miembros y ofreciendo a los consumidores una herramienta potente frente a abusos masivos.